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Miércoles, 05 May 2021 12:28

Concesión de ayudas al tejido empresarial de Bollullos de la Mitación

Imagen de la Calle Larga. Imagen de la Calle Larga.

La Delegación de Desarrollo Local informa:

Concesión de ayudas al tejido empresarial de Bollullos de la Mitación para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, con el fin de paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19

Descripción:
La presente Convocatoria se establece en régimen de concurrencia no competitiva y será gestionada por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación (Sevilla).

Requisitos:
Tendrán la condición de beneficiarios de esta subvención las personas físicas y/o trabajadores/as autónomos/as cuyo centro de trabajo y domicilio fiscal se encuentre ubicado en la localidad de Bollullos de la Mitación y cumplan además los siguientes requisitos:
• Ser beneficiario de la prestación extraordinaria por cese de actividad de conformidad con RDL 8/2020 de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
• Estar dados de alta en el Impuesto de Actividades económicas (IAE) y/o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y permanecer de alta a la fecha de solicitud de la presente ayuda.
• A los efectos de esta convocatoria, se considera también beneficiarias a los autónomos societarios de microempresas, definidas a efectos de esta convocatoria como aquellas empresas con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no excede de 2 millones de euros.
• Para solicitantes de la ayuda por establecimiento permanente (Base 3.1), la actividad deberá contar con la oportuna licencia de actividad a su nombre o a nombre de la sociedad (en caso de autónomos societarios) o justificar que dicho establecimiento está asociado a la actividad.

Importe de la subvención:
Esta subvención tiene como finalidad paliar el impacto económico producido en la actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y supone una cuantía a tanto alzado de:
• Hasta 400,00€ para personas autónomos cuyo centro de trabajo y domicilio fiscal se encuentre ubicado en el municipio de Bollullos de la Mitación.
• Hasta 800,00 € por establecimiento que pueda contar con la condición de beneficiario de acuerdo con la base anterior.
En caso de varios autónomos desarrollen su actividad en el mismo establecimiento solo uno de ellos podrá solicitar la ayuda directa por establecimiento.
En caso de que un autónomo desarrolle su actividad en más de un establecimiento, solo podrá solicitar una ayuda directa, debiendo en la solicitud indicar el establecimiento al que se vincula la ayuda.

Documentación a presentar junto a la solicitud:
La solicitud debe acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:
Para Empresarios individuales/Autónomos/as
• Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
• Acuerdo de reconocimiento de Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad para trabajadores/as autónomos/as afectados por la declaración del estado de alarma con motivo del COVID-19 (artículo 17 RDL 8/2020).
• Certificado actualizado de Situación Censal.
• Informe de Vida Laboral. Para Autónomos/as societarios/as, autónomos/as familiares colaboradores o autónomos/as de cooperativas de trabajo asociado
• Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).
• Acuerdo de reconocimiento de Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad para trabajadores/as autónomos/as afectados por la declaración del estado de alarma con motivo del COVID-19 (artículo 17 RDL 8/2020).
• Certificado actualizado de situación censal del empresario/a persona física o empresario/a persona jurídica a la que estén vinculados.
• Informe de Vida Laboral
• Documento de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Para solicitudes de Ayuda por establecimiento
• Licencia de actividad.

Abono de la subvención:
La subvención será abonada en un pago único, una vez aprobada la Resolución de concesión, mediante transferencia bancaria y previa presentación de certificados que acrediten estar al corriente con sus obligaciones tributarias, nacional y autonómica y con la Seguridad Social y aceptación de la subvención.

Plazos:
- Plazo de presentación de la solicitud:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días desde el día siguiente a la publicación en el BOP de la Provincia de Sevilla del extracto de la Convocatoria de Subvenciones que realiza la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Desde el 6 de Mayo de 2021 hasta el 2 de Junio de 2021.
- Plazos de resolución del trámite:
Las ayudas serán aprobadas por Resolución de Alcaldía, a propuesta de la Comisión de valoración en un plazo de tres meses a partir del siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido el mismo, sin recaer resolución expresa y notificación de esta a los interesados, los solicitantes podrán entender desestimadas sus solicitudes.
El Acuerdo de concesión de ayudas, en el que constará, tanto el listado de ayudas concedidas, como el listado de ayudas solicitadas y denegadas, con el motivo de su denegación, se publicará en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, https://sede.bollullosdelamitacion.es/tablon-1.0/do/entradaPublica?ine=41016 

Normativa aplicación:
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
• La Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de la Junta de Andalucía
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
• Plan Estratégico de subvenciones para los ejercicios 2021-2023 de Bollullos de la Mitación, Resoluciones nº 1323/2020 y 254/2021, de 17 de diciembre de 2020 y 4 de marzo de 2021, respectivamente.

Documentación descargable:

 Bases de la convocatoria.
• Modelo de solicitud en Pdf.
• Modelo de solicitud editable.
• Aceptación de la subvención.

Organismo que realiza el trámite:
Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.

Realizar el trámite:
La Realización del trámite se realizará por internet a través de la sede electrónica en la web: https://sede.bollullosdelamitacion.es/opencms/opencms/sede.
Seleccionando Subvenciones o Trámites más destacados el procedimiento denominado «Ayudas a Autónomos por COVID-19».

Indicaciones:
• Para realizar la Solicitud de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado o DNI electrónico.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:
• Deberás incorporar modelo de solicitud relleno firmado en formato Pdf.
• Otra documentación: según lo establecido en las Bases de la Convocatoria.

Teléfono y correo electrónico de contacto: 955 765 000 - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

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Tel: 955 765 000

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